Se ha aprobado una de las modificaciones del Código de Circulación propuestas por la Liga: el resultado es que ahora se puede circular con scooter por las autopistas y las circunvalaciones . Un cambio que muchos llevan años pidiendo y que se adapta a los nuevos tiempos.
Scooters de 125 cc en la carretera.
Los diputados de la Lega en la comisión de Transportes Elena Maccanti, Andrea Dara, Domenico Furgiuele, Riccardo Augusto Marchetti y Erik Pretto anunciaron la aprobación de una de las modificaciones propuestas por la Lega al Código de Circulación, que permite la circulación de scooters de al menos 125 cc por las autopistas . y en las carreteras de circunvalación .
“Gracias a la aprobación de una modificación por parte de la Liga del Código de Circulación, las motocicletas de 125 cc (antes 120) también podrán circular por autopistas y circunvalaciones, siempre que sean conducidas por un adulto. Una intervención de sentido común esperada desde hace años, que alinea a nuestro país con el resto de Europa y que, con las mismas prestaciones, simplifica la vida a familias y usuarios de dos ruedas. Ahora avanzamos a todo vapor con la aprobación final en el Parlamento para remediar una anomalía totalmente italiana», se lee en la nota difundida por Ansa.
Aunque queda por esperar su aplicación práctica, sujeta a plazos técnicos, la propuesta fue bien recibida por la Comisión de Transportes. La nueva ley, por tanto, amplía las posibilidades de circulación de las motocicletas de 125 cc de cilindrada , permitiéndoles circular por autopista y circunvalación siempre que sean conducidas por un conductor adulto.
Scooter en autopista y circunvalación: lo que cambia
Hasta ahora, las normas de acceso de motocicletas a las autopistas recogidas en el artículo 175, párrafo segundo, del Código de Circulación prohibían la circulación a motos o scooters con motor de combustión interna de cilindrada inferior a 150 centímetros cúbicos y a motos o scooters con motor eléctrico. en autopista de potencia inferior a 11 kW (15 CV).
Las sanciones para quienes infrinjan estas normas varían desde una multa mínima de 42 hasta un máximo de 173 euros, acompañada de la deducción de 2 puntos en el permiso de conducción y la obligación de abandonar la autopista por la primera salida.
Aunque estas restricciones se justificaron inicialmente por la diferencia de seguridad y prestaciones respecto a los vehículos modernos, la modificación reconoció la evolución tecnológica y la mayor seguridad de los vehículos de dos ruedas actuales, permitiendo adaptar las normas sin comprometer la seguridad vial.